Influencers y creadores de contenido digital alrededor de toda España se están haciendo la misma pregunta: ¿Un creador de contenido tiene que estar de alta de autónomo? Y si es así, ¿cuándo? Bueno, en este post responderemos a todas estas dudas de la forma más sencilla posible. Presta atención.
¿Cómo sé si tengo que darme de alta como autónomo?
El tema de los impuestos puede parecer un poco complicado a simple vista, y la verdad es que sí lo es. ¡Pero no te preocupes! Trataremos de tocar el tema lo más objetivamente posible, de forma que no te queden dudas. Ahora bien, la realidad es que no existe un consenso popular acerca de si un influencer o creador de contenido debe darse de alta autónomo, y en nuestro “sangoogle” encontrarás diversidad de opiniones, por varias razones.
Empecemos por el principio. Iniciar una actividad nos lleva a relacionarnos con dos organismos, Seguridad Social y Hacienda, ya que tendremos que darnos de alta en el primero como autónomos y en el segundo como empresarios.
Vamos a hablar de Hacienda ya que ellos lo dejan claro.
Establecen que las personas que desarrollen o vayan a desarrollar en España actividades empresariales deberán comunicar a Hacienda su alta en el Censo de Empresarios. Este alta nos obligará a pagar impuestos sobre la Renta e IVA, pero esto lo trataremos en un post posterior.
¿Me estás diciendo que por subir unos videos a YouTube tengo que darme de alta en Hacienda?
Hacienda nos dice que tendremos la consideración de empresarios en función de la definición estipulada en la Ley de IVA, y básicamente dice que serán empresarios las personas que realicen actividades que impliquen la ordenación por cuenta propia de factores de producción materiales y humanos o de uno de ellos, con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios, excepto quien lo haga a título gratuito. Por tanto, si eres creador de contenido o influencer, subes videos a YouTube (Twitch, OnlyFans, Spotify…) y monetizas, eres empresario y debes darte de alta en Hacienda. Aclarado lo que tenemos que hacer para que los de Hacienda no se enfaden, vamos a ver que pasa con la Seguridad social.
¿Qué dice la Seguridad social sobre darse de alta?
La Seguridad Social nos dice que estarán obligatoriamente incluidas en el Régimen de Autónomos las personas físicas mayores de 18 años que realicen de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad a título lucrativo. Entonces vamos a pensar si un creador de contenido como tú debe darse de alta o no. ¿Monetizas? ¿Creas contenido de forma diaria, semanal o mensual y lo subes a Youtube? Si tu respuesta es “sí” a las dos preguntas tienes que darte de alta como autónomo, aunque solo ganes 1 € al mes y aunque sea injusto. Y ahora te preguntas: ¿Qué es eso que he escuchado de que si gano menos del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) no tengo que darme de alta?
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¿Si gano menos de Salario Mínimo Interprofesional tengo que darme de alta como autónomo?
Existe un rumor que dice que si ganas menos de 13.300 euros anuales (año 2020), no tienes que darte de alta de autónomo en la Seguridad Social. Muy bien, vamos a explicarlo. El rumor de los 13.300 euros es, en parte real, en parte mito. Pero ¿por qué? La controversia viene por el concepto de habitualidad que se exige en la Ley para obligar o no al alta de autónomo. El Tribunal Supremo sentenció que cuando este concepto (habitualidad) no se pueda determinar en función del tiempo dedicado a la actividad, se acepta determinarlo en función del importe cobrado poniendo el límite en el SMI. Por tanto, la mayoría de YouTubers, Streamers e influencers crean contenido de forma periódica, por lo que se cumple la habitualidad y por tanto deberán darse de alta.
¿Te siguen quedando dudas sobre si tienes que darte de alta? No te preocupes, en OnlyTax estamos para ayudarte.