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¿Me puedo deducir la webcam? 🤷‍♂️ Consideraciones para poder deducir el I.V.A

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Autor del post:

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Xavi Díaz

CEO OnlyTax

Muchas veces hemos escuchado “¡¡Guarda la factura para deducirte el IVA!!” Pero, ¿de qué se trata exactamente? ¿Todo se puede deducir? Si eres youtuber, influencer o en definitva creador de contenido digital y estás dado de alta como autónomo, sigue leyendo porque lo que te vamos a contar te interesa.

Como streamer o creador digital tienes ciertos gastos que provienen de tu actividad profesional, esos gastos, (por ejemplo comprar una webcam para el PC) llevan generalmente un 21% de IVA que se le suma al precio del bien o servicio. Siguiendo con el ejemplo del webcam, supongamos que la webcam vale 10€ y se le suma el 21% de IVA, con lo cual al final pagas un total de 12,1€. Los profesionales, tienen la opción de poder deducir ese 21%, con lo cual en realidad estaríamos pagando, en el caso de la webcam, 10€. Hay que tener en cuenta que esta deducción no se aplica en el momento de la compra del artículo o el servicio, sino que se aplicará a la hora de presentar los impuestos cada trimestre, es por ello que es tan importante guardar tickets y facturas, ya que cuando llegue el momento de la obligaciones fiscales, puedas justificar el gasto y obtener la deducción, para ello tendrás que llevarle TODAS las facturas y tickets a tu asesor fiscal para que pueda declarar esos gastos, o como en el caso de OnlyTax, simplemente subirlas o escanearlas con tu móvil.

¡Pero espera un momento! ¿Todo es deducible? Pues la respuesta relativamente sencilla, aunque necesita algunos matices. La ley dice que todo es deducible siempre y cuando el bien o servicio estén relacionados directa y exclusivamente con la actividad empresarial o profesional.
¡Ojo! Analicemos la frase anterior, encontramos una primera parte que nos indica que podemos deducir todo aquel producto o servicio que esté relacionado con nuestra actividadsi lo pensamos casi cualquier cosa se podría argumentar que está relacionada con nuestra actividad, pero entonces llega la segunda parte y MÁS IMPORTANTE que dice “directa y exclusivamente” y aquí queridos amigos y amigas está la clave. Tenemos que poder justificar que aquel producto o servicio está vinculado exclusivamente a nuestra actividad como creador de contenido digital en cualquier plataforma como twitch, instagram, OnlyFans, etc…

Imaginemos que somos influencers y hemos ido a la peluquería a hacernos un cambio de look para algún vídeo o contenido ¿podríamos deducirnos el IVA? Pues en este caso difícilmente, ya que no podemos garantizar y justificar que exclusivamente ese cambio de look es sólo para crear el contenido y que luego no lo disfrutaremos en nuestro día a día.

Así que cuando se presenten situaciones de este tipo pensemos un momento, ¿está relacionado ese servicio o producto con mi actividad directa y exclusivamente? En cualquier caso, no estás solo/a consulta siempre a tu asesor/a cualquier duda que te pueda surgir con respecto a este tema. En OnlyTax dispones de tu asesor asignado que te guiará y con el que podrás contactar rápidamente vía teléfono, videollamada o email para resolver pregunta que tengas.

No importa la plataforma, si eres un creador de contenido digital, somos tu asesoría.

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